Por Diego Flores Burgos
Esta
semana es decisiva para comenzar a tratar un tema a nivel del Estado
nacional y provincial pendiente desde hace ciento sesenta años: la
democratización del Poder Judicial.
Claro
que si bien las voces en contra del esquema configurado en 1787 han ido
aumentando en los últimos años y se han visto avances significativos en
la conformación teórica con el surgimiento del denominado “Nuevo
Constitucionalismo Latinoamericano”, en gran parte de América Latina, y
especialmente en nuestro país, no ha habido variaciones significativas,
por más que desde el anuncio de la presidenta en diciembre último, y
luego del escándalo de la sentencia del caso Margarita Verón, el aparato
judicial nacional se ha movilizado en busca de reformas que tiendan a
una mayor transparencia y equidad en el ingreso. Pero eso no podemos
hablar todavia de democratización del poder judicial.
El
debate serio del tema presenta un riesgo estructural tan alto que la
apertura del año judicial, que siempre se realiza con posterioridad a la
Apertura de Sesiones Ordinarias del Congreso Nacional por parte del
jefe/a de Estado, el primero de marzo de cada año, se realizará este 26
de febrero, un día antes del inicio de la convocatoria de “Justicia
Legítima”. Se trata de una movilización de magistrados, funcionarios
judiciales y académicos cuyo fin es debatir el rol de la justicia en el
marco de la denominada “independencia del poder judicial”.
La
democratización del sistema de justicia en la Argentina es un tema
complejo que suele banalizarse con algunas paupérrimas propuestas tales
como la de dotar de mayores recursos al Poder Judicial, de implementar
el juicio por jurados, etc. Sólo recientemente y por iniciativa del
salteño Diputado Nacional por el Frente para la Victoria, Pablo Kosiner,
se ha comenzado a discutir el primer punto en torno a cualquier proceso
de democratización, que es la igualdad: la igualdad tributaria de todos
los argentinos al pagar los jueces y funcionarios judiciales el
impuesto a las ganancias.
Teniendo
en cuenta la mayoría del kirchnerismo en las dos cámaras y la presión
social, es probable que pronto los magistrados se adecúen al resto de la
sociedad. Pero eso no es suficiente para democratizar el poder
judicial, es sólo la primera parte.
Ruptura de dogmas
Nuestro
sistema judicial, al igual que la de casi la totalidad de los países
latinoamericanos, se asienta en los principios de la constitución
estadounidense de 1787. En ella, los federalistas, triunfadores de una
disputa marcada por la conflictividad social y política en los años
previos a la constitución, lograron a través de mecanismos legales y
políticos revolucionarios para la época, elaborar la arquitectura de un
estado que evitara tanto la tiranía autocrática como y principalmente,
la “dictadura” de la mayoría (de las denominadas “facciones”).
De
esta manera y al decir de teóricos como Roberto Gargarella o Rubén
Martínez Dalmau, el poder económico generó un sistema político
contramayoritario, que pusiera trabas a la iniciativa popular o a la
movilización social de las clases mayoritarias, poniendo en riesgo los
intereses de las clases terratenientes, comerciantes y financieras de la
época.
De
allí que se construyera un sistema legislativo que controlara al
ejecutivo (¡en caso de ser populista!); que el sistema legislativo
estuviera conformado por dos cámaras, la “alta” (aristocrática, la de
los lores) formada por miembros de las oligarquías políticas de la
época. Ejemplo visible en nuestra constitución es el requisito de los
dos mil pesos fuertes para ser miembro del Senado (actual art. 55) y
hasta 1994, su elección indirecta por parte de los parlamentos
provinciales. El senado controlaba y filtraba lo que la cámara “baja”
(de la plebe, la de los comunes, la del pueblo) pudiera proponer. Y en
caso de que las dos cámaras acordaran, siempre estaba el poder de veto
del ejecutivo para detener cualquier intento de ruptura con el status
quo. Pero no terminaba allí, ya que el Poder Judicial (también
aristocrático) es el encargado del control de constitucionalidad,
teniendo la última palabra sobre la vigencia o no de cualquier norma.
Otro modelo es posible
Ejemplo
de ello son los modelos constitucionales de Ecuador 2007 y Bolivia
2008, que se enmarcan dentro del Nuevo Constitucionalismo
Latinoamericano. En estas constituciones no cambian solamente mecanismos
del poder judicial; cambian sí, porque cambia el espíritu de la
constitución, al estar imbuidos por los principios ancestrales
originarios tales como el de suma qamaña (Bolivia, vivir bien) o el
sumak kawsay (Ecuador, buen vivir), dejando de lado los modelos
liberales y/o conservadores del resto de las constituciones
latinoamericanas.
Desde
una nueva interpretación del rol del hombre en comunidad en torno al
Estado, imbuido por los principios perdidos del constitucionalismo
radical del siglo XIX de base rousseauniana, estas constituciones dan
como resultado la democratización progresiva de todas las áreas del
Estado, entre ellas, la del poder judicial, estableciendo por ejemplo en
la constitución Boliviana la elección de magistrados del Tribunal
Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y
Tribunal Constitucional Plurinacional además de la periodicidad en los
cargos.
Dificultades
Las
posibilidades de cambio están minadas por la construcción del sentido
común que han hecho sectores conservadores opositores al kirchnerismo al
banalizar la necesidad de una reforma constitucional, sólo refiriéndola
a la “necesidad” de la perpetuación en el poder de Cristina Fernández.
Como en tantas otras hábiles maniobras políticas, el árbol termina
tapando el bosque. De lado queda entonces la posibilidad de lograr el
control y planificación estatal de los recursos naturales, procesos de
democratización como el que nos referimos, nuevos mecanismos de
participación popular, entre otros, que necesitan base constitucional.
De todas maneras, esperemos que cada día más argentinos se den cuenta de
los procesos de cambio que se dan en otros países latinoamericanos y
que es posible elaborar un modelo alternativo que rompa el dogma y
permita lograr una sociedad más justa e igualitaria, en suma,
democrática.
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